miércoles, 1 de abril de 2015


Soluciones prudentes a la crisis de la Corte Constitucional
25 de Marzo 2:56 PM


Gonzalo A. Ramírez Cleves
Profesor de Derecho Constitucional Universidad Externado de Colombia
@iureamicorum

Ante la crisis actual de la Corte Constitucional, me opongo a las propuestas de que haya que pedir la renuncia de todos los miembros de la Corte Constitucional o que haya que convocar una asamblea nacional constituyente para acabar con los sobornos y el tráfico de influencias en las altas cortes. Pienso que son iniciativas emotivas que se podrían asimilar al marido traicionado que cree que la infidelidad de su mujer se soluciona vendiendo el sofá.

La propuesta de pedir la renuncia de todos los magistrados actuales, además de Pretelt, no resuelve nada estructural de la crisis, y creo que así se renueve la totalidad de los miembros de la Corte, es posible que, a corto plazo, también se puedan presentar situaciones parecidas e incluso más graves de corrupción.

Del mismo modo, no me parece razonable la iniciativa de una convocatoria a una asamblea constituyente para resolver la crisis, y creo que esta idea se parece mucho al “populismo punitivo”, que propone formas de penalización estricta con fines eminentemente electorales. En este caso, se trata de un “populismo constituyente”, que daría lugar a que se pretenda abrir a un cambio de Constitución en situaciones coyunturales, lo que le daría carta abierta a que los enemigos de la institución y los oportunistas concurran a este proceso.

Considero, en cambio, que se debe pensar en soluciones menos impulsivas, más estructurales y, si se quiere, más prudentes. Por esta razón, creo que se debe empezar a plantear fórmulas para que la conformación de los miembros de la Corte parta de la meritocracia y no de criterios eminentemente políticos, con el fin de que, de esta manera, concurran los mejores juristas, y que se den audiencias para revisar la hoja de vida, el conocimiento y la experticia en los temas de la Corte.

En este sentido, se deben crear mecanismos de participación ciudadana que sean más efectivos que los existentes. Del mismo modo, resulta perentorio que se establezcan formas de participación y vigilancia de la ciudadanía tanto en la selección de las tutelas como en los fallos proferidos por esta, para evitar el tráfico de influencias y los posibles sobornos. Así, se deben buscar fórmulas para que, sin acabar con la tutela y las potestades de la Corte, la tutela contra providencias judiciales se base en la evidencia de la violación de los derechos fundamentales y no en que esta posibilidad sea una última instancia para litigar fallos millonarios.

Finalmente, creo que se deben mejorar la investigación y el juzgamiento de los miembros de la Corte, para que se puedan resolver las acusaciones y denuncias con efectividad, establecer mecanismos de suspensión de magistrados por acusaciones de delitos, como sucede por ejemplo en España con la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional en su artículo 24, que establece que los magistrados, de manera individual, podrán ser suspendidos cuando se encuentren procesados por delitos, si así lo decide la tercera parte del Tribunal[1].

Dichos cambios se pueden realizar mediante autos de la propia Corte Constitucional y modificaciones a su reglamento. En este sentido, las propuestas de cambio que ha liderado la presidenta encargada, María Victoria Calle, van por buen rumbo. Lo que se busca es una mayor transparencia e inclusión de los organismos de control y de la ciudadanía en la selección de las tutelas, un balance anual o rendición de cuentas de parte de la Corte, en donde se explique no solamente cuántas tutelas se han fallado, sino también cuántas tutelas hay suspendidas y cuántos fallos engavetados, así como, nuevamente, establecer las razones de la selección y del fallo.

Por último, pienso que se deben clarificar y sustentar los criterios para la selección de tutelas contra fallos judiciales de altas cortes. El Acuerdo de la Corte del 3 de diciembre del 2008 ha sido determinante para que las tutelas contra estos fallos se decidan en Sala Plena, acuerdo que logró que casos como el de Fidupetrol fueran fallados en contra. En estos procesos, así como los de alta cuantía e interés, resultaría importante que concurran con intervenciones organismos como la Procuraduría, la Contraloría, la Defensoría del Pueblo, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y cualquier otro interviniente ciudadano interesado en la resolución del caso.

Pienso que es un momento muy importante para pensar en soluciones estructurales que se tomen con cabeza fría y no de manera emotiva, y que tengan como fundamento el mantenimiento y fortalecimiento de la Corte Constitucional, que ha sido pilar en la defensa y protección de los derechos de los más vulnerables y la democracia constitucional en nuestro país. Necesitamos mucha materia gris al respecto.


[1] Idea tomada de Jorge Ernesto Roa.