viernes, 28 de agosto de 2009

Corte declara inconstitucional el A.L 01 de 2008 teniendo en cuenta los límites competenciales del poder de reforma

La Corte Constitucional decidió declarar inconstitucional mediante la sentencia C - 588 de 2009 (MP. Gabriel Mendoza Martelo) el Acto Legislativo No 01 de 2008 que establecía la adición de un parágrafo al artículo 125 que permitía que los empleados en provisionalidad permanecieran en sus cargos sin necesidad de concurso público. La Corte considero en un fallo de 5 contra 4 que dicha modificación constitucional vulneraba varios principios estructurales de la Constitución entre ellos el principio de igualdad, el de división de poderes, ya que el Acto otorgaba facultades legislativas a la Comisión Nacional de Servicio Civil, y lo que tiene que ver con la meritocracia, la carrera administrativa y los concursos para poder llegar a ocupar cargos en la administración pública.

Aunque el fallo es polémico porque la reforma buscaba la estabilidad de los empleados que por la misma omisión del estado ocupaban cargos de provisionabilidad, violando el principio de estabilidad laboral, la Corte consideró que dicha reforma constitucional se convierte no en una modificación sino en una sustitución o derogación de la estructura de la Constitución de 1991 que estableció como principios fundamentales la carrera administrativa y la ocupación de los cargos mediante méritos y concurso, además del principio de igualdad en la obtención de dichos cargos.

Con este fallo se mantuvo la tesis de la Corte que desde el fallo C - 551 de 2003 estableció que existen unos límites competenciales al poder de revisión y que los mecanismos de reforma del Título XIII no se hicieron para sustituir y derogar una constitución por otra, ya que dicha competencia solo la tiene el poder constituyente. La inconstitucionalidad por sustitución ya había sido aplicada por primera vez con la reforma de la reelección inmediata del presidente por una sola vez, Acto Legislativo No 2 de 2004, en donde se declaró inconstitucional, mediante la sentencia C - 1040 de 2005 , la parte de la reforma constitucional que preveía que si el Congreso no dictaba la ley de garantías electorales expidiera la ley el Consejo de Estado violando de este modo el principio de división de poderes ya que se otorgaba la potestad de dictar leyes a un órgano judicial.

Con esta nueva jurisprudencia la Corte Constitucional conserva el precedente de los límites competenciales del poder de reforma que se determina a través del análisis de los principios y fundamentos básicos de la Constitución y del Bloque de constitucionalidad. Esta sentencia que consideramos provechosa en lo atinente a conservar dicho precedente se constituye también en un buen termómetro para el próximo estudio que hará la Corporación constitucional sobre el referendo reeleccionista en donde podrá estudiar no solo los cargos de los vicios formales en sentido estricto, sino también los vicios competenciales del poder de reforma, o lo que hemos denominado ¨inconstitucionalidad por sustitución¨ (Revista de derecho del Estado de la Universidad Externado de Colombia No 18, junio de 2006 y Revista de derecho del Estado de la Universidad Externado de Colombia No 21, diciembre de 2008)

La Corte conserva su potestad de estudiar si el referendo reeleccionista no solo fue mal tramitado en el Congreso, recogida y financiación de firmas, cambio de la pregunta etc., sino también analizar si éste viola principios tan caros como el de separación de poderes, principio democrático, igualdad electoral, no hacer reformas con interés particular o en beneficio propio, entre otros aspectos. Todavía queda pues una esperanza grande de que la Corte Constitucional pueda declarar inconstitucional el referendo reeleccionista que desestructura y sustituye a la Constitución de 1991.

Links:
- Pinchando aquí el Comunicado de Prensa de la Sentencia C - 588 de 2009 y pinchando aquí la Sentencia completa.

- *Recomendado "La Corte Constitucional tomó un fallo trascendental para el futuro del referendo reeleccionista", Juanita León, La Silla Vacía, 28 de agosto de 2009.

- "Declarado inexequible el A.L 01 de 2008", Blog Arkhaios, Pedro Nel Rueda

- ¨Fallo a favor de la meritocracia en la carrera judicial emitió la Corte Constitucional¨, en: El Tiempo, 28 de agosto de 2009

- Miles de empleados públicos abandonaría sus cargos por fallo judicial, Caracol Noticias

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Bombo de los posts que hay que leer en agosto...


Con los artilugios de recomendados muchas veces perdemos de vista que también a través de los post se pueden destacar las entradas que más no han gustado... Agosto para mí ha sido un mes intenso lleno de alegría pero también de trabajo, sobretodo, por la organización del Encuentro de Blawgers en Bogotá, realizado del 12 al 15 de agosto... En este mes no he podido postear como quisiera y me he dedicado más bien a ser un lector de posts... un oficio que por ejemplo Gustavo Arballo de ¨Saber leyes no es saber derecho¨ tiene muy claro al poner al principio de su blog una tabla de recomendados... Saber escoger las mejores entradas es todo un arte. Aquí les dejo los post de agosto que más me han causado interés...

- Sobre la Sentencia del Caso Cromañon en Argentina, un caso difícil por tratarse de la muerte de 194 personas que acudían al concierto del grupo Callejeros en el ¨boliche¨ Cromañon. El lugar se incendió y no contaba con salidas de emergencia ni las medidas necesarias de seguridad. Un caso polémico y triste para la Argentina que todos recordamos. Sobre la sentencia del caso esta el post de Diego Goldman titulado: ¨Quizá no nos expresamos bien¨ y también el post de Gustavo Arballo de Saber leyes no es Saber Derecho titulado ¨De garantes y garantías¨ sobre una lectura del caso en términos de la posición de garante (garantismo penal) y una reinterpretación del homicidio por omisión.

- Sobre el "Caso Arriola" de despenalización de la tenencia de marihuana en Argentina, recomendamos el post de Gustavo Arballo ¨Arriola a primera vista el fallo de la mayoría¨ en donde explica el concepto que aplicó la Corte de inconstitucionalidad sobreviniente o evolutiva, y el post del Blog del Tolo ¨Marihuana las cartas sobre la mesa¨. Arballo en agosto destacó una vez más como uno de los blawgers más comprometidos con el oficio.

- Interesantes los post de Gargarella en su visita a Colombia en especial: "Autoorganizarse o desobedecer al Estado" sobre la Comunidad de Paz de San José Apartadó y el problema de la colaboración que se de hacer con la justicia estatal cuando esta no funciona. Debate entre el padre Javier Giraldo y el sociólogo del derecho Mauricio Garcia Villegas

- De Alberto Bovino destacamos las cuatro entradas sobre el Desertor que a través de su propia vivencia describe las injusticias del Código de Justicia Militar argentino que ya fue derogado gracias a su intervención. El post con las cuatro entradas lo puede leer aquí

- De los blawgers colombianos destaco el post del blog de Ricardo Arrieta Inconstifil sobre los principios en el derecho titulado ¨Normas y principios tres Polémicas suscitadas¨que describe la posición en torno a los principios de Kelsen, Alexy, Hart, Perelman, Prieto Sanchís y Jossef Esser, los post de Gaviota Jurídica sobre el Encuentro de Blawgers, 1, 2, 3, y 4 y el post de Mariana Jaramillo ¨A qué va uno de la universidad¨ que explica la psicología del estudiante promedio en las universidades colombianas...Mariana promete seguir posteando sobre este asunto. Sin embargo, para ayudarla le recomendamos leer también algo sobre la perspectiva del estudiante, en este caso de un estudiante de derecho argentino, Tomás Marino, que en su blog ¨Quiero ser abogado¨ hizó un post en julio titulado ¨Alumno vs. Docente: Quién condiciona a quién¨.

- Por último destaco el post del Blog Unión de hecho de Costa Rica, que referencia la colummna de Carlos Arribas y Emilio de Benito del periódico El País sobre el caso de las atletas con rasgos masculinos y las pruebas de feminidad a que estan sujetas que pueden leer aquí ....

- Del mio destacó ¨Observaciones preliminares de la CIDH de la visita in loco a Honduras¨, un post de referencia, ¨Seguimos con Hobbes¨, que a través de preguntas y respuestas trata de reflexionar sobre aspectos relacionados con el autor del Leviatán y ¨Carta del profesor después del examen¨, un post de autoayuda profesoril que quise compartir con mis alumnos... Que pena el autobombo pero es solo para dejar constancia de que también desde aquí se blogueo en agosto un poquito...

Esta bombo que hacemos de los post que he leido y que me han parecido buenos no quiere desconocer que en este mismo mes haya otros post muy buenos en la blawgosfera, sin embargo destacó solo los que he podido leer. Para los que quieran investigar post de agosto les recomiendo el catálogo de blawgs que pueden consultar pinchando aquí...

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